
Nueva ley ambiental de Sheinbaum prende alertas: ambientalistas advierten riesgos para megaproyectos
La reforma promete endurecer la protección ambiental, pero organizaciones especializadas detectan vacíos que podrían flexibilizar controles sobre grandes obras y exigen corregirla antes de su aprobación.
- CEMDA advierte que la Evaluación Ambiental Estratégica no debe sustituir las autorizaciones de impacto ambiental de los proyectos.
- La organización también detecta posibles restricciones al acceso a información, participación pública insuficiente y espacios de discrecionalidad en justicia ambiental.
CIUDAD DE MÉXICO.— La propuesta del gobierno de Claudia Sheinbaum para sustituir la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de 1988 llegó acompañada de conceptos como prevención, justicia ambiental y mayor protección de los ecosistemas. Pero detrás del discurso oficial, organizaciones especializadas han identificado disposiciones que podrían producir el efecto contrario: controles menos rigurosos para determinados megaproyectos, participación ciudadana insuficiente y nuevas barreras para acceder a información ambiental.
El foco rojo más importante está en la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE). El nuevo instrumento permitiría revisar de manera integral planes y grandes proyectos, pero la iniciativa contempla que, en determinadas etapas, sus efectos puedan equipararse a una autorización de impacto ambiental. Para el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), esa disposición desnaturaliza la EAE y podría generar evaluaciones menos estrictas para megaproyectos federales.
La advertencia es especialmente relevante porque una evaluación estratégica y una evaluación de impacto ambiental cumplen funciones diferentes. CEMDA sostiene que deben complementarse y no sustituirse. Incluso utiliza al Tren Maya como ejemplo del tipo de megaproyecto en el que una evaluación más laxa podría comprometer el patrimonio natural y el equilibrio ecológico.
Los cuestionamientos van más lejos. La organización señala que el procedimiento de impacto ambiental mantiene debilidades estructurales, conserva causales ambiguas de exención y abre espacios para regularizar proyectos que comenzaron sin autorización. También reclama que la nueva legislación prohíba expresamente fragmentar una obra en diferentes proyectos para efectos de su evaluación ambiental.
Otro punto delicado está en algo elemental para vigilar al poder: la información pública. El análisis de CEMDA advierte que determinadas disposiciones podrían exigir identificación y justificación para solicitar información ambiental, imponer costos y reducir la periodicidad de los informes sobre el estado del medio ambiente. También considera insuficientes los mecanismos de participación pública y cuestiona que no se incorporen plenamente los estándares del Acuerdo de Escazú.
La reforma tampoco resuelve por sí misma uno de los problemas históricos de la política ambiental mexicana: tener leyes que la autoridad no cuenta con recursos suficientes para hacer cumplir. El propio CEMDA señala que las nuevas obligaciones en biodiversidad, conservación y fortalecimiento institucional necesitan financiamiento y mecanismos efectivos de implementación. La advertencia tiene antecedentes: organizaciones ambientales ya habían denunciado anteriormente insuficiencia presupuestal para inspección y procuración de justicia ambiental.
No todo el contenido de la iniciativa ha sido cuestionado. CEMDA reconoce elementos favorables en ordenamiento territorial, biodiversidad, principios precautorios y reconocimiento de personas defensoras del ambiente. Pero precisamente por la dimensión de la reforma considera que no debería aprobarse sin una revisión profunda y solicitó al Congreso convocar a Parlamento Abierto con comunidades, pueblos indígenas, especialistas, organizaciones civiles y sector productivo.
La discusión, por tanto, no debería reducirse a si México necesita actualizar una legislación nacida en 1988. El verdadero debate está en qué facultades recibirá el gobierno, qué controles conservarán ciudadanos y organizaciones, cómo serán evaluados los megaproyectos y quién vigilará a la propia autoridad ambiental. Una ley puede llenarse de principios ecológicos; la prueba estará en que sus excepciones, falta de recursos o discrecionalidad no terminen siendo más poderosas que sus buenas intenciones.




